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Seguros de hogar

Cómo elegir el seguro hogar más adecuado

Hay pocas sensaciones más desesperantes que la de abrir un día la puerta de tu piso y comprobar que te han robado; quizás sólo lo iguala ver cómo una inundación o un incendio ha destrozado tu casa. Si has vivido un episodio así, seguro que lo recuerdas, pero si no te ha sucedido nunca nada parecido puede que estés a tiempo de protegerte contra ese tipo de problemas.

Los expertos de Facua explican en su guía que las pólizas de seguro de hogar son las que más reclamaciones de usuarios acumulan de año en año. ¡Por eso en Fintonic vamos a convertirte en un experto en el mundo del seguro!

El objetivo es que no contrates ni un infraseguro ni un sobreseguro, sino lo que verdaderamente te hace falta en tu circunstancia. El primer supuesto se da cuando el valor real de los bienes asegurados es superior al que declaras en la póliza y en el segundo, lo que realmente valen esos bienes se barema por debajo de lo que la compañía se ha comprometido a asegurar. En ambas situaciones tendrías un problema.

 

Algunas definiciones

Antes de empezar a hablarte de coberturas, precios y primas, aquí tienes un pequeño glosario que te ayudará a familiarizarte con el mundo de los seguros de hogar. Hemos ordenado por orden alfabético algunos términos que deberás tener claros:

seguro hogar

1) Agente de seguros: es el enlace entre la compañía y el tomador, y su principal misión es asesorar al cliente (real o potencial), aunque hay que ser consciente de que es empleado de la empresa aseguradora.

2) Condiciones generales y particulares: mientras las primeras son comunes a todas las pólizas e impuestas por la aseguradora, las particulares recogen los detalles de cada contrato: la compañía, el riesgo, la cantidad asegurada, la prima, el vencimiento…

3) Corredor de seguros: aunque también es un intermediario con la compañía, no está vinculado con ella, como sí ocurre con los agentes. Al trabajar con varias empresas, se les supone imparcialidad a la hora de asesorar al tomador.

4) Franquicia: es un importe pactado que siempre pagará el asegurado cuando se produzca un siniestro. La principal ventaja de la franquicia es que abarata la póliza; por otro lado, el asegurado siempre debe pagar una parte del siniestro

5) Póliza: es el documento que contempla el contrato del seguro.

6) Prima: es la cantidad que abonarás periódicamente al contratar la póliza a la compañía aseguradora para la cobertura del riesgo. Básicamente, es el precio del con-trato.

7) Riesgo: así se llama a la posibilidad de que, efectivamente, se produzca el daño asegurado y debe figurar en la póliza.

8) Tomador: tú, la persona que contrata un servicio con la entidad aseguradora y paga la prima.

Ahora que ya tienes en mente unas cuantas definiciones, debes saber que no es obligatorio tener un seguro de hogar: cuando compras una casa no tienes que contratar uno de estos servicios, pero no quiere decir que no sea recomendable hacerlo.

Cobertura

¿Por qué? Porque un seguro no sólo va a cubrirnos cuando nosotros tengamos un problema ‘de puertas adentro’: también se hará cargo si perjudicamos a nuestros vecinos, como puede pasar ante una inundación o una explosión de gas.

Si un vecino sin seguro causa problemas, hay varias posibilidades. Si nuestra comunidad tiene contratado un seguro, tendrá que iniciar una reclamación de daños; si tampoco el vecindario está cubierto, empieza un proceso más complicado y hay que buscar abogados…

En todo caso siempre hay que tener claro dónde se ha ocasionado la avería, algo para lo que envían a sus expertos para que emitan el correspondiente informe pericial del siniestro. Ese documento es imprescindible para que, llegado un juicio, el causante no tenga más remedio que hacerse cargo de la reparación y de los costes jurídicos.

¿Qué necesito?

La fórmula más habitual en los hogares españoles es la de adquirir un seguro multirriesgo que cubra la responsabilidad civil: este tipo de coberturas protegen los daños más comunes, tanto para el inmueble como para lo que contiene. Hablamos de robos, incendios, tormentas, escapes de agua, rotura de cristales…

Este paquete básico, que luego podemos completar con las condiciones que necesitemos, tiene un coste medio anual de entre 150 y 200 euros, según un estudio de Agosto de 2014 de la web KeListo.

En ese enlace puedes consultar una comparativa con varias pólizas pensadas para un piso tipo de 100 m2, con 10 años de antigüedad, situado en Madrid, con dos habitaciones, puerta blindada y una calidad media de la construcción, valorado en 100.000 euros (continente) y un contenido tasado en 20.000 euros. Si hablamos de seguros de gama media, la horquilla va de 200 y los 250 euros anuales, y en seguros de gama alta los encontraremos por entre 300 y 400 euros al año.

En todo caso es importante revisar las condiciones para saber qué cubre el seguro y qué no cubre: normalmente, cuanta mayor cobertura queramos, más gastaremos en este concepto.

Si finalmente decides contratar un seguro, no te olvides de añadirlo a la lista de categorías que te ofrece Fintonic para planificar tus finanzas. Así estarás al corriente de la fecha y cuantía de todas y cada una de tus cuotas y la herramienta se encargará de recomendarte mejores ofertas adaptadas a tu economía.

Dentro y fuera

Siempre te recomendamos examinar cada palabra de todo contrato antes de firmarlo, y también te convendrá hacerlo en el caso de estos seguros. Habrá dos términos que encontrarás con toda seguridad en los términos y condiciones: contenido y continente.

¿A qué llamamos ‘contenido’ cuando hablamos de asegurar un piso? Se refiere a los muebles, los electrodomésticos y todo lo que se pueda considerar que no está relacionado con la constitución física de la casa: libros, estanterías, lámparas, cortinas, ropa, sábanas…

Por otro lado, hay que definir qué es el ?continente?. Comprende los materiales que se han usado para la construcción de vuestra casa: paredes, ventanas, puertas, instalaciones fijas de agua y calefacción y todos los aparatos para que esos sistemas funcionen (calderas, calentadores, radiadores, enchufes, grifos…). Hablamos del equipamiento básico de la vivienda y del resultado de reformas estructurales.

Quizás tengas la impresión de que los seguros del hogar sólo son útiles para quienes tienen su casa en propiedad, pero si vives de alquiler también puede ser una buena idea. En ese caso aseguras el contenido, no el continente (eso correspondería a tu casero) y por un precio más asequible que si fueses el dueño del inmueble. La tranquilidad de tener aseguradas tus posesiones no es exclusiva de los propietarios.

Inventario

Llega el momento de hacer un inventario de contenido/continente, y hay algunos puntos que debes recordar cuando llegue el momento de declarar tus bienes:

– ¿Sabes si tienes lo que en las aseguradoras se consideran objetos de valor? Sí, puede que esa foto con tu primo en Nueva York tenga una gran importancia para ti, pero lo que necesitan que declares en tu póliza son los objetos que cuesten más de 2.000 euros y cualquier cosa que tengas en tu casa y que supere el 20% del valor total de su contenido. Si ninguna de tus posesiones cumple esos requisitos, no tienes que declarar nada como objeto de valor.

– ¿Qué pasa con tu mascota? ¿Y si tu gato/perro/canario/camaleón causa algún accidente? Normalmente las aseguradoras contemplan algunas cláusulas básicas en esta cuestión. La responsabilidad civil de los animales de compañía que podríamos definir como ‘tradicionales’ suele cubrirse en un paquete básico, pero si por ejemplo tenemos un perro que está clasificado como ‘de raza peligrosa’, tendremos que declararlo así en la póliza ?y probablemente pagar un extra? para que quede cubierto.

– Si en caso de accidente o incendio tienen que intervenir profesionales o tienes que alojarte fuera de tu casa mientras la reparan, suelen pagarse aparte de lo acordado por continente y contenido. Comprueba hasta qué punto te los cubrirán; lo habitual es que el límite esté en un 50% de la suma total de capitales contratados.

Casas difíciles de asegurar

Aunque cada compañía aseguradora tiene sus propias cláusulas y requisitos, existen algunas claves para saber si te va a resultar más o menos sencillo que contratar un seguro. Éste es un listado de circunstancias que pueden complicarte ?y encarecer? tu póliza de hogar:

– Los márgenes varían, pero las compañías suelen establecer mínimos y máximos en respecto a lo que están cubriendo. Por ejemplo, una casa cuyo continente equivalga a más de 600.000 euros o con un contenido de 180.000 euros está considerada ‘poco asegurable’, por decirlo así, ya que para la empresa sería un riesgo.

– Si tu vivienda tiene más de 100 años de antigüedad, será difícil acceder a un paquete básico.

– Los materiales de los que está hecha tu casa son importantes. Las aseguradoras prefieren que sean incombustibles: hierro, ladrillo, cemento, piedra, hormigón… Las estructuras de madera pueden ser un problema.

– Si usas el piso para ejercer alguna actividad industrial o mercantil, resultará complicado que te lo aseguren de forma convencional.

– ¿Y qué pasa si quieres asegurar una segunda vivienda? Normalmente no entrarán en garantía los llamados objetos de valor.

Por último debes saber que tu seguro en ningún caso tendrá en cuenta el valor real de tu piso: lo que aseguras no es lo que hace de tu casa una buena (o mal) oportunidad si fueses a venderla, sino lo que vale ‘tal cual es’ el día que firmas. En otras palabras, el llamado valor de mercado de tu casa, fijado por la oferta y la demanda, no es relevante.

 

Busca y encuentra

Si ya estás decidido a contratar una póliza, experimenta con los comparadores de seguros. Hay decenas de herramientas que te proponen tu ‘seguro ideal’ teniendo en cuenta las características de tu casa y de todo lo que contiene. Conseguir una buena comparativa de seguros con un comparador de seguros es lo más adecuado.

Si acabas acudiendo a un profesional del sector, no temas hacerle todas las preguntas que necesites. Una duda que suele surgir a menudo al firmar una póliza es si estamos renunciando a nuestro fontanero ‘de confianza’ al hacerlo, por poner un ejemplo. No tiene por qué ser así: un tomador tiene derecho a acudir a un profesional de su elección. El procedimiento en estos casos nos obliga a abonarle sus servicios y luego pasar la factura a nuestra compañía para que nos reembolsen el importe.

Si tienes algún seguro ya contratado con una compañía determinada, no descartes informarte sobre la posibilidad de combinar o añadir una póliza para tu casa, ya que probablemente te hagan alguna oferta o descuento para que lo contrates también con ellos. Si quieres ser más certero con tu elección, recuerda que puedes valerte de herramientas de economía doméstica como Fintonic. Esta app analizará todas tus cuentas por ti y te recomendará la oferta más adecuada a tus necesidades. Los seguros más contratados son: seguro de coche, seguro de moto, seguro de vida

Cómo conseguir un alquiler seguro

Actualmente existen seguros que cubren el impago de alquiler garantizando:

– Los posibles impagos por parte del inquilino.
– Los actos vandálicos ocasionados en su vivienda.
– Los gastos jurídicos por reclamación – defensa jurídica.

Este seguro de alquiler tiene por objetivo minimizar el riesgo de impago del inquilino y de los posibles gastos adicionales que pueda tener el propietario, como consecuencia de tener algún imprevisto con el inquilino. Es decir, si deja de pagarle o le ocasiona algún daño a la vivienda.

La compañía aseguradora va a realizar un estudio de capacidad económica e idoneidad del candidato y podrá aceptarlo o rechazarlo, por lo que se recomienda no firmar el contrato de arrendamiento antes de la aprobación por parte de la compañía aseguradora.
El seguro de impago de alquiler y de protección al propietario – arrendador da una cobertura que reduce considerablemente los riesgos del alquiler de una vivienda.

alquiler seguro

Seguro de impago de alquiler precio: El coste del seguro de alquiler suele ser de entre el 2,5 y el 5% de la renta anual del inmueble y variará en función de las coberturas contratadas y los límites establecidos.

También existen otras opciones que le ayudarán a proteger su patrimonio y evitar complicaciones futuras en el alquiler de sus inmuebles. Otro seguro que pueden ser de su interés son el seguro de hogar en lo referente al seguro responsabilidad civil y otros tipos de coberturas que pueden no ser cubiertas en este seguro. alquiler seguro Madrid.

Algunas de las definiciones a tener en cuenta en el seguro alquiler, que pueden variar de una compañía a otra y deben ser revisadas en la documentación de cada seguro.

Tomador del seguro. La persona física o jurídica que con el Asegurador suscribe este contrato, con las obligaciones y derechos derivados del mismo.

Asegurado. La persona física o jurídica titular del interés asegurado, en su calidad de arrendador de una o más viviendas o locales.

Beneficiario. La persona física o jurídica a la que corresponde el derecho a la indemnización, por cesión y designación expresa del Asegurado, que en su caso constará en las Condiciones Particulares de la póliza.

Prima. El precio del seguro.

Límite de gastos o suma asegurada. La cantidad fijada en cada una de las garantías de la póliza, que constituye el límite máximo de la obligación de pago por parte del Asegurador en caso de siniestro. En las garantías de Defensa Jurídica y en el supuesto de que varias coberturas sean aplicables a un mismo siniestro, la cantidad establecida como límite en cada una de ellas será también el límite máximo de gastos para el conjunto de prestaciones. Para las garantías de Impago de Alquileres y Actos Vandálicos al Continente las cantidades fijadas en cada una de dichas coberturas serán acumulables hasta sus respectivos límites.

Valor a nuevo. Es el valor de adquisición en el mercado, en estado de nuevo, de los bienes objeto del seguro, en el momento en que se produce el siniestro.

Valor de los bienes objeto del seguro. Es el Valor a Nuevo de tales bienes en el momento del siniestro.

Arrendador. La persona física o jurídica que cede contractualmente a otra, su derecho al uso de una vivienda o local, por tiempo y precio convenidos.

Inquilino o arrendatario. La persona fisíca o jurídica que obtiene la cesión del derecho de uso de una vivienda o local ajenos, a cambio del pago de la renta.

Renta o alquiler. El ingreso regular que produce una propiedad alquilada, incluidos todos los conceptos que figuran en el recibo.

Juicio de desahucio. El procedimiento judicial dirigido a obtener el desalojo de una vivienda o local por parte del ocupante o poseedor de la misma. Vivienda asegurada. Vivienda alquilada en virtud de la L.A.U. y destinada a ser el domicilio habitual del inquilino y su familia.

Continente de la Vivienda o Local. La construcción destinada a vivienda o local comprendiendo los cimientos, estructuras, muros, paredes, cubiertas, techos, suelos, puertas y ventanas; incluidas las siguientes instalaciones fijas: agua, gas, electricidad y calefacción. Los siguientes elementos incorporados de forma fija a la vivienda o local asegurados: toldos, persianas, rejas y loza sanitaria. Las siguientes dependencias y construcciones situadas en la misma finca y que sean propiedad privativa del Asegurado: cuartos trasteros, garaje, sótanos, muros, vallas de cerramiento, y muros de contención, siempre que éstos estén alquilados al mismo inquilino o arrendatario de la vivienda o local objeto del seguro.

Deterioros inmobiliarios al continente. Daños, destrucciones y alteraciones causadas en el continente de la vivienda o local, anteriormente definido.