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Información General

Qué seguro médico eligir

¿Qué seguro médico elegir?

Ventajas del seguro médico privado

Frente a la sanidad pública, los seguros privados tienen una serie de ventajas. Quizás la más significativa de todas es que se reducen drásticamente los tiempos de espera para ser atendidos, pero también otras como elegir el cuadro médico que queremos que nos atienda; poder ir a un especialista sin necesidad de pasar primero por el médico de cabecera; elegir el hospital al que quieres asistir o en caso de ingreso hospitalario, tus acompañantes disfrutarán de mejores condiciones: camas supletorias, dietas, etc.

El precio del seguro médico privado

El precio de un seguro médico varía en función de tres factores:
El sexo del asegurado: a la hora de elegir una póliza de seguros tienes que tener en cuenta las necesidades en función del sexo del tomador de seguro.
La edad del asegurado: el precio aumenta a medida que cumples años. También tendrán en cuenta tus hábitos de vida y tu estado de salud actual. Algunos seguros médicos o pólizas no admiten asegurados mayores de 65 años.
Las coberturas ofrecidas: a mayor cobertura médica, mayor será el precio de la póliza. Busca la que mejor se adapte y no contrates cosas que no necesitas.
Tipos de seguro médico
Aunque varían dependiendo de la compañía, los seguros médicos privados más comunes se dividen en la siguiente tipología.

Cuadro médico sin copago: pagas una prima única y puedes asistir a las consultas médicas tantas veces como necesites sin pagos adicionales dentro del cuadro médico que ofrezca la aseguradora.
Cuadro médico con copago: además de la prima anual, tendrás que pagar por cada visita o consulta, pruebas o diagnósticos. El precio varía dependiendo del producto y se paga con el siguiente recibo del seguro médico. La prima anual es más barata que la modalidad “sin copago”.
Cuadro médico con reembolso: la aseguradora nos permite libre elección de médicos y clínicas, pero aquellos servicios que no se encuentran en el cuadro médico de la aseguradora se pagan por adelantado. Las aseguradoras suelen reembolsar entre el 70 y 100% de los costes, según lo establecido en la póliza.
Cuadro médico sin hospitalización: el seguro médico cubre consultas y pruebas diagnósticas, pero no incluye la posibilidad de hospitalización.
Seguro médico dental: es un seguro médico que tan solo incluye los tratamientos y servicios dentales.

También es recomendable contratar un seguro de accidentes y/o seguro de vida, que complementa las coberturas en caso de accidentes graves y enfermedades graves. Por otra parte no hay que olvida el resto de seguros que cubren los demás riesgos y juegan un papel importante en la salvaguarda de los intereses de los asegurados. Seguro de coche, seguro de moto, etc…
Las coberturas del seguro médico

Normalmente, las coberturas de los seguros médicos son muy parecidas. Las más comunes son:
Medicina general y enfermería: eliges tu médico de cabecera y el servicio de enfermería así como los especialistas a los que quieres acudir.
Pediatría y puericultura: asistencia médica para los menores y recién nacidos incluidos en la póliza.
Hospitalización: puedes elegir al hospital privado que desees y, normalmente, garantizan una habitación individual.
Hospital de día: estancia en unidades hospitalarias por un periodo inferior a 24 horas.
Servicio de urgencias: servicio 24 horas de urgencia en asistencia domiciliaria y de hospitalización.
Diagnósticos y tratamientos: el asegurado puede acceder a diferentes técnicas de diagnósticos y tratamientos muy variados. Desde oncología, pasando por enfermedades respiratorias, rehabilitación o tratamiento del dolor.
Planificación familiar: algunas pólizas incluyen servicios de planificación familiar como el diagnóstico en caso de esterilidad o infertilidad, la implantación de DIU, vasectomía o ligadura de trompas.
Cobertura dental: suele incluir una limpieza bucal anual, consulta con el dentista o odontólogo.
NO suelen entrar dentro de la cobertura de un seguro médico medicinas, a excepción de tratamientos oncológicos o anestesias; enfermedades o lesiones producidas en actividades profesionales o deportes de alto riesgo y la cirugía plástica por motivos estéticos. La cobertura o no en el extranjero también dependerá del tipo de póliza.

Por todo esto, antes de contratar un seguro médico privado tenemos que tener en cuenta:
El cuadro médico
Antes de contratar un seguro médico pregunta por los profesionales, clínicas y hospitales con los que tienen convenios.
Las carencias

Pregunta por el periodo de carencia. La carencia indica el tiempo que debe transcurrir entre el alta en un seguro médico y la posibilidad de utilizar un determinado servicio de asistencia sanitaria. Varía dependiendo de la compañía.

Las coberturas
Asegúrate de que la póliza que contratas cubre todas tus necesidades. Pregunta por los periodos de carencia y si tiene o no servicio en el extranjero.
El precio
Antes de contratar cualquier seguro médico compara con otros productos del mercado.

Cómo encontrar médico económico

Si no dispone de seguro médico o se encuentra en una situación de falta de asistencia sanitaria, ya sea por demora de la atención del especialista (normalmente en la Seg. Social) o por controversias con alguna aseguradora que le dejen desatendido, puede encontrar médicos y pruebas de diagnóstico en buenas condiciones económicas.

En los accidentes de tráfico pueden darse situaciones de desatención a la espera de que se reconozca la culpabilidad y que los afectados queden desatendidos o a expensas de la atención de la Seguridad Social, estos sitios web le pueden ayudar a encontrar un precio más económico para poder tener unos servicios médicos a su medida.

www.clinicpoint.com aquí se pueden encontrar pruebas de diagnóstico y otros servicios médicos a buen precio, resonancias magnéticas económicas, radiografías económicas, ecografías económicas, etc..

www.saludonnet.com en este sitio web se pueden pedir cita con médico especialista a precios económicos y también se pueden realizar pruebas de diagnóstico

¿Conoces algún otro que quieras compartir?

Recuerda que en esta web también puedes encontrar recomendaciones para encontrar el mejor seguro de coche, seguro de hogar, seguro de vida y otros muchos seguros que puedan ser de tu interés.

Cómo conseguir un alquiler seguro

Actualmente existen seguros que cubren el impago de alquiler garantizando:

– Los posibles impagos por parte del inquilino.
– Los actos vandálicos ocasionados en su vivienda.
– Los gastos jurídicos por reclamación – defensa jurídica.

Este seguro de alquiler tiene por objetivo minimizar el riesgo de impago del inquilino y de los posibles gastos adicionales que pueda tener el propietario, como consecuencia de tener algún imprevisto con el inquilino. Es decir, si deja de pagarle o le ocasiona algún daño a la vivienda.

La compañía aseguradora va a realizar un estudio de capacidad económica e idoneidad del candidato y podrá aceptarlo o rechazarlo, por lo que se recomienda no firmar el contrato de arrendamiento antes de la aprobación por parte de la compañía aseguradora.
El seguro de impago de alquiler y de protección al propietario – arrendador da una cobertura que reduce considerablemente los riesgos del alquiler de una vivienda.

alquiler seguro

Seguro de impago de alquiler precio: El coste del seguro de alquiler suele ser de entre el 2,5 y el 5% de la renta anual del inmueble y variará en función de las coberturas contratadas y los límites establecidos.

También existen otras opciones que le ayudarán a proteger su patrimonio y evitar complicaciones futuras en el alquiler de sus inmuebles. Otro seguro que pueden ser de su interés son el seguro de hogar en lo referente al seguro responsabilidad civil y otros tipos de coberturas que pueden no ser cubiertas en este seguro. alquiler seguro Madrid.

Algunas de las definiciones a tener en cuenta en el seguro alquiler, que pueden variar de una compañía a otra y deben ser revisadas en la documentación de cada seguro.

Tomador del seguro. La persona física o jurídica que con el Asegurador suscribe este contrato, con las obligaciones y derechos derivados del mismo.

Asegurado. La persona física o jurídica titular del interés asegurado, en su calidad de arrendador de una o más viviendas o locales.

Beneficiario. La persona física o jurídica a la que corresponde el derecho a la indemnización, por cesión y designación expresa del Asegurado, que en su caso constará en las Condiciones Particulares de la póliza.

Prima. El precio del seguro.

Límite de gastos o suma asegurada. La cantidad fijada en cada una de las garantías de la póliza, que constituye el límite máximo de la obligación de pago por parte del Asegurador en caso de siniestro. En las garantías de Defensa Jurídica y en el supuesto de que varias coberturas sean aplicables a un mismo siniestro, la cantidad establecida como límite en cada una de ellas será también el límite máximo de gastos para el conjunto de prestaciones. Para las garantías de Impago de Alquileres y Actos Vandálicos al Continente las cantidades fijadas en cada una de dichas coberturas serán acumulables hasta sus respectivos límites.

Valor a nuevo. Es el valor de adquisición en el mercado, en estado de nuevo, de los bienes objeto del seguro, en el momento en que se produce el siniestro.

Valor de los bienes objeto del seguro. Es el Valor a Nuevo de tales bienes en el momento del siniestro.

Arrendador. La persona física o jurídica que cede contractualmente a otra, su derecho al uso de una vivienda o local, por tiempo y precio convenidos.

Inquilino o arrendatario. La persona fisíca o jurídica que obtiene la cesión del derecho de uso de una vivienda o local ajenos, a cambio del pago de la renta.

Renta o alquiler. El ingreso regular que produce una propiedad alquilada, incluidos todos los conceptos que figuran en el recibo.

Juicio de desahucio. El procedimiento judicial dirigido a obtener el desalojo de una vivienda o local por parte del ocupante o poseedor de la misma. Vivienda asegurada. Vivienda alquilada en virtud de la L.A.U. y destinada a ser el domicilio habitual del inquilino y su familia.

Continente de la Vivienda o Local. La construcción destinada a vivienda o local comprendiendo los cimientos, estructuras, muros, paredes, cubiertas, techos, suelos, puertas y ventanas; incluidas las siguientes instalaciones fijas: agua, gas, electricidad y calefacción. Los siguientes elementos incorporados de forma fija a la vivienda o local asegurados: toldos, persianas, rejas y loza sanitaria. Las siguientes dependencias y construcciones situadas en la misma finca y que sean propiedad privativa del Asegurado: cuartos trasteros, garaje, sótanos, muros, vallas de cerramiento, y muros de contención, siempre que éstos estén alquilados al mismo inquilino o arrendatario de la vivienda o local objeto del seguro.

Deterioros inmobiliarios al continente. Daños, destrucciones y alteraciones causadas en el continente de la vivienda o local, anteriormente definido.

Como utilizar un comparador seguros de moto

Si utilizas un comparador de seguros puedes disponer de una comparativa de seguros para elegir el seguro que se adapta a tus necesidades. No tiene que ser el seguro más barato, como se suele decir en ocasiones el seguro barato puede salir finalmente caro, por no haber contratado las coberturas que más se adaptaban a la necesidad.

Las coberturas que se pueden contratar suelen ser:

  • Responsabilida Civil Obligatoria
  • Responsabilidad Civil Voluntaria
  • Seguro del conductor
  • Robo total
  • Incendio total
  • Daños al propio vehículo
  • Defensa jurídica y reclamación de daños
  • Asistencia en viaje
  • Gestión de multas
  • Servicio de atención jurídica
  • Otras coberturas adicionales (cada compañía aseguradora puede ofrecer diferentes opciones)

Definiciones a tener en cuenta y que suelen ser utilizadas también en el seguro de ciclomotor y seguro de coche.

Compañía aseguradora: entidad emisora de esta póliza que en su condición de asegurador y mediante el cobro de la prima, asume la cobertura de los riesgos objeto de este contrato con arreglo a las condiciones de la póliza y que en su actividad aseguradora.seguro moto

Tomador del seguro: Persona que suscribe este contrato con la Aseguradora y a quien corresponden las obligaciones que se deriven del mismo, salvo aquéllas que correspondan expresamente al asegurado y/ o beneficiario.

Asegurado: Persona titular del interés expuesto al riesgo a quien corresponden en su caso los derechos derivados del contrato. El asegurado podrá asumir las obligaciones y deberes del tomador del seguro.

Beneficiario: Persona a quien el tomador del seguro o, en su caso, el asegurado reconocen el derecho a percibir en la cuantía que corresponda la indemnización derivada de esta póliza.

Conductor: Cualquier persona que, con la debida autorización del asegurado, propietario o poseedor de la moto, y con la suficiente habilitación legal la conduzca en el momento del siniestro.

Motocicleta asegurada, en lo sucesivo, moto: El vehículo designado de dos ruedas, con o sin sidecar, o de tres ruedas, así como los vehículos de cuatro o más ruedas que tengan la consideración de Quad-ATV”

Equipamiento o accesorios de serie: Aquellos elementos de mejora u ornato incluidos por el fabricante en el modelo, sin sobreprecio alguno. No se consideran de serie los solicitados expresamente por el comprador o incluidos adicionalmente por el fabricante como regalo u oferta promocional, ya se hayan instalado en ambos casos a su salida de fábrica o posteriormente.

Piezas: Se consideran piezas los componentes del equipamiento o accesorios de serie, así como los expresamente garantizados en las Condiciones Particulares de la póliza, que se hallen incorporados funcionalmente –de manera fija e inseparable- a la moto.

Conductor habitual: Conductor declarado en la solicitud o en las Condiciones Particulares de la póliza pcomparador seguros motoor conducir con asiduidad la moto asegurada y cuyas circunstancias constituyen un factor de riesgo que puede incidir en la prima.

Póliza: Documento que contiene las Condiciones Generales de este contrato, las Particulares que identifican el riesgo, así como las modificaciones que se produzcan durante la vigencia del seguro.

Prima: Precio del seguro en el que se incluirán, además, los tributos y recargos repercutibles en el tomador del seguro. Este es el precio que nos dará el comparador de seguros al calcular seguro moto.

Suma asegurada: Representa el límite máximo de la indemnización a pagar por la Aseguradora en cada siniestro.

Franquicia: Cantidad o porcentaje pactado en las Condiciones Particulares de la póliza que el asegurado asume a su cargo en caso de siniestro. Con el uso del comparador de seguros de moto se pueden obtener diferentes opciones de franquicia.

Valor de nuevo: Precio de venta en España de la moto asegurada en estado de nueva, con inclusión de los impuestos legales.

Valor de mercado: Precio por el que normalmente puede adquirirse una moto de características, uso, estado y antigüedad similares a la moto asegurada en el momento inmediatamente anterior a la ocurrencia del siniestro.

Siniestro: Hecho cuyas consecuencias económicamente dañosas están cubiertas por la póliza. El conjunto de los daños corporales y materiales derivados de un mismo evento constituye un solo siniestro.

Daños corporales: Lesiones, incapacidad o fallecimiento de personas.

Daños materiales: Pérdida o deterioro de cosas o animales.

 

El seguro de responsabilidad civil

Primero vamos a definir de qué se trata la cobertura del seguro de responsabilidad civil. Esta cobertura del seguro de responsabilidad civil puede variar de una compañía a otra.

Es recomendable utilizar un comparador de seguros que permita comparar diferentes precios de seguros de responsabilidad civil. También hay que tener en cuenta que esta cobertura de responsabilidad civil también se incorpora en muchos otros seguros, como son: el seguro de moto, el seguro de coche, el seguro hogar, el seguro de empresa y la gran parte de los seguros contratados regularmente.

Por medio de este seguro, la Compañía se obliga a indemnizar los daños y perjuicios causados a terceros, de los cuales sea civilmente responsable el asegurado, por un hecho y en los términos previstos en la póliza. La compañía pagará la indemnización al tercero perjudicado, en virtud de sentencia ejecutoriada, o de transacción judicial o extrajudicial celebrada por el asegurado con su consentimiento.

seguro responsabilidad civil
Seguro de responsabilidad civil puede cubrir daños a terceros por agua.

La cobertura de responsabilidad civil que confiere este seguro, queda limitada normalmente a lo siguiente:

a/ Indemnizaciones pecuniarias por daños que con arreglo a los artículos del Código Civil y otras normas legales, pueda resultar civilmente responsable el asegurado por la muerte de terceras personas o las lesiones corporales causadas a las mismas, y por los daños patrimoniales causados a cosas pertenecientes a terceras personas que se produzcan durante la vigencia de la presente póliza.

b/ Gastos de Defensa del asegurado, incluso en caso de reclamaciones infundadas, así como los honorarios y gastos de toda clase que vayan a cargo del asegurado como civilmente responsable. La compañía pagará los honorarios de abogados y procuradores nombrados por ella.

La suma asegurada constituye el límite máximo de la indemnización que se obliga a pagar el asegurador en caso de siniestro. Por su parte, y según lo dispone el artículo 552 inciso 4º del Código de Comercio, la indemnización no podrá exceder, dentro de los límites de la convención, el menoscabo que sufra el asegurado como consecuencia del siniestro.

La totalidad de las indemnizaciones y gastos asumidos por la compañía en el evento de ocurrir varios siniestros en el curso de una misma vigencia, no excederá del monto máximo a indemnizar establecido en las condiciones particulares de este seguro.

A menos que estén amparados por una cobertura especial, el monto asegurado comprende tanto los daños y perjuicios causados a terceros, como los gastos y costas del proceso que éstos o sus causahabientes promuevan en contra del asegurado.

Coberturas que suelen quedar incluidas en el seguro de responsabilidad civil – hogar. Cobertura Familiar.

Garantizar la responsabilidad civil extracontractual en calidad de persona privada del asegurado.

  • Por los actos u omisiones propias.seguro responsabilidad civil
  • Por los actos u omisiones de aquellas personas de quienes debe responder según el Código Civil: esposa, hijos u otros menores, familiares, sirvientes, en tanto vivan en su compañía.
  • Como propietario, o inquilino, de un edificio o departamento destinado únicamente a vivienda privada del asegurado. Quedan incluidos los terrenos colindantes, las residencias secundarias y las antenas privadas.
  • Como poseedor de animales domésticos; caballos, cubiertos únicamente dentro de los predios del asegurado.
  • Como deportista aficionado, excluyéndose la participación en competiciones oficiales.
  • Como poseedor de armas, incluso las de fuego. Se incluye el uso legal de dichas armas.

Por último también señalamos la importancia de la cobertura de daños por agua en el seguro casa. Esta cobertura responderá por los daños creados a terceros como consecuencia del agua.